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jueves, 11 de mayo de 2017

Control de pagos realizados por extranjeros

España prohíbe con carácter general pagos en cash superiores a 2.500 euros. Sin embargo, el límite se amplía a 15.000 euros para los no residentes. El cambio normativo que propone Economía no modifica estos umbrales, sin embargo, exigirá que los comercios apliquen las medidas preventivas contra el blanqueo cuando un extranjero realice un pago en efectivo superior a los 10.000 euros.

Esto implica llevar a cabo una serie de procedimientos como es la identificación formal del cliente o comunicar al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales (Sepblac) si se sospecha que la compra tiene como finalidad el lavado de dinero.

Por otra parte, el Ministerio de Hacienda anunció el año pasado que rebajaría el límite de pagos en efectivo de los 2.500 euros a 1.000 euros. La medida, finalmente, no se ha incluido en ningún proyecto de ley. Aun así, el Ejecutivo no renuncia a endurecer los pagos en efectivo y ello se negociará en el Congreso. En cualquier caso, se mantendría un límite superior para los no residentes.

La modificación de la normativa contra el blanqueo de los capitales que el Ministerio de Economía ha llevado a consulta pública también contempla “actualizar el régimen de sanciones a imponer en el supuesto de la comisión de infracciones por el incumplimiento de las obligaciones previstas” en la normativa antiblanqueo. En la misma línea, el Gobierno planeará medidas que “favorezcan la detección de la comisión de infracciones mediante la potenciación de los mecanismos de denuncia, tanto internos de las entidades, como externos, de comunicación a las autoridades de potenciales infracciones”. El año pasado, el Sepblac recibió 3.920 comunicaciones de operaciones sospechosas de blanqueo.