Las nueve claves de la nueva Ley de Emprendedores.
La Ley de Emprendedores ya está aprobada. Tras una tramitación parlamentaria que se ha prolongado durante más de dos meses, el Congreso dio luz verde al texto definitivo la pasada semana. El objetivo de la nueva ley es facilitar la actividad y la creación de las pymes. Para el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, la Ley de Emprendedores supone "un paso más" para superar la crisis y asegura que ahora España cuenta con nuevas herramientas para favorecer el emprendimiento.
Entre las medidas más destacadas, el documento contempla el sistema de caja en el pago del IVA desde 2014, por el que sólo se abonará a Hacienda el IVA de las facturas cobradas. Nueve claves son suficientes para entender cómo queda definitivamente el texto que llevaban reclamando los empresarios más de un año.
1. Responsabilidad limitada para el emprendedor: el emprendedor, persona física, podrá proteger su patrimonio personal ante las eventuales deudas que pudiera generar su actividad. La vivienda habitual del emprendedor estará protegida, pero su valor no deberá superar los 300.000 euros. La casa tendrá que inscribirse en el Registro Mercantil, señalando que es el inmueble que se pretende desvincular de las obligaciones derivadas de la actividad empresarial.
2. Sociedad limitada con capital inferior al mínimo legal: aparece un nuevo subtipo societario que se constituye sin capital mínimo y cuyo régimen jurídico es idéntico al de las SRL, excepto por ciertas obligaciones tendentes a garantizar una adecuada protección de terceros.
3. Negociación extrajudicial de deudas: el deudor que se encuentre en situación de insolvencia puede negociar ante un mediador concursal, nombrado por el registrador mercantil o un notario. El texto incluye la exoneración de deudas residuales del deudor persona física en los casos de liquidación del patrimonio del deudor no declarado culpable de la insolvencia en concurso.
4. Apoyos fiscales por reinversión de beneficios: las empresas con un volumen de negocio inferior a diez millones de euros podrán deducirse hasta un 10% de los beneficios obtenidos en el período impositivo que se reinviertan en la actividad económica a partir del 1 de enero de 2013. Se permite que las deducciones por I+D+i que puedan aplicarse en un ejercicio puedan recuperarse mediante un sistema único de devoluciones. Se empezará aplicar ya a los gastos e inversiones en I+D realizados en 2013.
5. IVA de caja: las pymes y autónomos podrán aplazar el pago del IVA hasta el momento del cobro de la factura. Podrán acogerse a este régimen los sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones no supere los dos millones de euros. Los emprendedores pueden optar por un sistema que retrasa el devengo y la consiguiente declaración e ingreso del IVA repercutido.
6. Incentivos fiscales por financiación: se establece un nuevo incentivo fiscal en el IRPF a favor de los business angels, o de las personas interesadas en aportar solo capital para el inicio de una actividad o capital semilla. La base máxima de la deducción será de 20.000 euros anuales. Esta medida supone una exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra empresa de nueva creación.
7. Apoyo a la financiación de los emprendedores: se modifica la Ley Concursal en lo referente a los acuerdos de refinanciación y se refuerza el sistema público de avales y garantías públicas.
8. Contratación pública: podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
9. Fomento a la internacionalización: se perfecciona el marco regulatorio de las cédulas de internacionalización y se crean los "bonos de internacionalización", con el fin de añadir mayor flexibilidad a la emisión de títulos que tengan como cobertura préstamos vinculados a la internacionalización. Se incorpora un nuevo régimen de visados y autorizaciones de residencia, por lo que se facilita y agiliza la concesión de permisos de residencia, por razones de interés económico, a través de un procedimiento ágil.
Link de la Ley BOE: https://app.box.com/s/wxpkn7h2be7pmpojxcaf
Entre las medidas más destacadas, el documento contempla el sistema de caja en el pago del IVA desde 2014, por el que sólo se abonará a Hacienda el IVA de las facturas cobradas. Nueve claves son suficientes para entender cómo queda definitivamente el texto que llevaban reclamando los empresarios más de un año.
1. Responsabilidad limitada para el emprendedor: el emprendedor, persona física, podrá proteger su patrimonio personal ante las eventuales deudas que pudiera generar su actividad. La vivienda habitual del emprendedor estará protegida, pero su valor no deberá superar los 300.000 euros. La casa tendrá que inscribirse en el Registro Mercantil, señalando que es el inmueble que se pretende desvincular de las obligaciones derivadas de la actividad empresarial.
2. Sociedad limitada con capital inferior al mínimo legal: aparece un nuevo subtipo societario que se constituye sin capital mínimo y cuyo régimen jurídico es idéntico al de las SRL, excepto por ciertas obligaciones tendentes a garantizar una adecuada protección de terceros.
3. Negociación extrajudicial de deudas: el deudor que se encuentre en situación de insolvencia puede negociar ante un mediador concursal, nombrado por el registrador mercantil o un notario. El texto incluye la exoneración de deudas residuales del deudor persona física en los casos de liquidación del patrimonio del deudor no declarado culpable de la insolvencia en concurso.
4. Apoyos fiscales por reinversión de beneficios: las empresas con un volumen de negocio inferior a diez millones de euros podrán deducirse hasta un 10% de los beneficios obtenidos en el período impositivo que se reinviertan en la actividad económica a partir del 1 de enero de 2013. Se permite que las deducciones por I+D+i que puedan aplicarse en un ejercicio puedan recuperarse mediante un sistema único de devoluciones. Se empezará aplicar ya a los gastos e inversiones en I+D realizados en 2013.
5. IVA de caja: las pymes y autónomos podrán aplazar el pago del IVA hasta el momento del cobro de la factura. Podrán acogerse a este régimen los sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones no supere los dos millones de euros. Los emprendedores pueden optar por un sistema que retrasa el devengo y la consiguiente declaración e ingreso del IVA repercutido.
6. Incentivos fiscales por financiación: se establece un nuevo incentivo fiscal en el IRPF a favor de los business angels, o de las personas interesadas en aportar solo capital para el inicio de una actividad o capital semilla. La base máxima de la deducción será de 20.000 euros anuales. Esta medida supone una exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra empresa de nueva creación.
7. Apoyo a la financiación de los emprendedores: se modifica la Ley Concursal en lo referente a los acuerdos de refinanciación y se refuerza el sistema público de avales y garantías públicas.
8. Contratación pública: podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
9. Fomento a la internacionalización: se perfecciona el marco regulatorio de las cédulas de internacionalización y se crean los "bonos de internacionalización", con el fin de añadir mayor flexibilidad a la emisión de títulos que tengan como cobertura préstamos vinculados a la internacionalización. Se incorpora un nuevo régimen de visados y autorizaciones de residencia, por lo que se facilita y agiliza la concesión de permisos de residencia, por razones de interés económico, a través de un procedimiento ágil.
Link de la Ley BOE: https://app.box.com/s/wxpkn7h2be7pmpojxcaf