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lunes, 2 de enero de 2012

Novedades Tributarias 2012

Calendario del contribuyente 2012

Como todos los años y para todos los ejercicios fiscales, la Agencia Tributaria publica el calendario del contribuyente para que tengamos conocimiento de los plazos de las obligaciones impositivas que se nos aplican en función del tipo de contribuyente que se sea.

Es de resaltar que este año, será el ultimo en el que se declare el modelo 347 en marzo, más concretamente el 02 de abril acaba el plazo ya que el 31/03 cae en sábado.

A destacar:
  • Las  SA  y  SL  están  obligadas  a  presentar  por  Internet  los  modelos  de autoliquidaciones 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 200, 202, (220 y 222 para SA y SL dominantes en Régimen de consolidación fiscal), 303, 322, 353 y los modelos de declaración resumen anual o informativas 180, 181, 182,  187,  188,  189,  190,  193,  194,  195,  196,  198,  199,  296,  345,  346, 347, 349 y 390, sin perjuicio de la posibilidad de presentarlos en soporte, según el número de registros.
  • Los  contribuyentes  adscritos  a  las  Unidades  de  Gestión  de  Grandes Empresas  o  a  la  Delegación  Central  de  Grandes  Contribuyentes  están obligados  a  presentar  por  Internet  los  modelos 111,  117,  180,  181,  182, 184, 187, 188, 189, 190, 193, 194, 195, 196, 198, 200, 202, 220, 222, 296, 303, 322, 345, 346, 347, 349, 353 y 390 sin perjuicio de la posibilidad de presentarlos en soporte, según el número de registros.
  • Los contribuyentes inscritos en el REDEME presentarán obligatoriamente por Internet los modelos 036 ó 039 (grupo de entidades) y 303 (mensual) ó 322 (grupos de entidades). También presentarán junto con los modelos 303  y  322,  el  modelo  340  “Declaración  de  operaciones  incluidas  en  los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones”, por Internet o en soporte (para más de 10.000.000 de registros).
  • Los  obligados  al  pago  de  deudas  derivadas  de  autoliquidaciones  de  los modelos  que  se  indican  a  continuación  y  que  efectúen  la  presentación por  Internet  podrán  utilizar,  como  medio  de  pago  la  domiciliación bancaria, así como tarjetas de crédito o débito.
Los   modelos   y   plazos   generales   de   presentación   telemática   de autoliquidaciones con domiciliación de pago son los siguientes:
1.     Modelos 100, 102 y 714: 3 de mayo a 27 de junio.
2.     Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 216: 1 a 15 de abril, julio, octubre y enero autoliquidaciones trimestrales).
3.     Modelos  111,  115,  117,  123,  124,  126,  128,  216  y  430:  1  a  15  de cada mes excepto la autoliquidación de julio hasta el 15 de septiembre (autoliquidaciones mensuales).
4.     Modelos 130, 131 y 303: 1 a 15 de abril, julio y octubre y 1 a 25 de enero.
5.     Modelos  200,  206  y  220:  1  a  20  de  julio  (periodos  impositivos  que coincidan con el año natural).
6.     Modelos 202 y 222: 1 a 15 de abril, octubre y diciembre.  -  Modelo  210:  1  a  15  de  abril,  julio,  octubre  y  enero  (no  se  pueden domiciliar  las  autoliquidaciones  de  rentas  derivadas  de  transmisiones  de bienes inmuebles). Para rentas imputadas de inmuebles urbanos de 1 de enero a 23 de diciembre.
7.     Modelos 213, 311 y 371: 1 a 25 de enero.
8.     Modelos  303  y  353  (mensual):  1  a  15  de  cada  mes  excepto  la autoliquidación de julio hasta el 15 de septiembre y enero hasta el 25.
9.     Modelos 310 y 370: 1 a 15 de abril, julio y octubre.
10.  Modelo 560: 1 a 15 del mes siguiente al que finaliza el trimestre o el mes, según se trate de obligaciones trimestrales o mensuales respectivamente.
11.  Modelos 561, 562 y 563: 1 a 15 del segundo mes siguiente al que finaliza el trimestre (obligación trimestral) y 1 a 15 del tercer mes siguiente al que finaliza el mes (obligación mensual).
12.  Modelos 564 y 566: 1 a 15 del mes siguiente al que finaliza el mes.
13.  Modelo 595: 1 a 15 del mes siguiente al que finaliza el trimestre.

Novedades:

  • El Impuesto sobre el Patrimonio, modelo 714, se restablece con carácter temporal para los ejercicios 2011 y 2012.
  • Se suprime el modelo 197 “Relación de personas o entidades que no han comunicado su NIF al otorgar escrituras o documentos donde consten los actos o contratos relativos a derechos reales sobre bienes inmuebles”.
  • Con carácter general desaparece la forma de presentación por vía telemática por teleproceso para declaraciones a presentar en el ejercicio 2012. Se exceptúan los modelos 185 “Declaración informativa mensual de los órganos y entidades gestores de la Seguridad Social y Mutualidades” y 186 “Suministro de información relativa a nacimientos y defunciones”.
  • Se posibilita la presentación por colaboradores sociales (obligatoria por Internet) para los modelos: 322 “Impuesto sobre el Valor Añadido. Grupo de entidades. Modelo individual. Autoliquidación mensual” y 353 “Impuesto sobre el Valor Añadido. Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual”, para las autoliquidaciones correspondientes al primer periodo de declaración de 2012.
  • Se adelantará para la declaración del ejercicio 2012 a presentar en 2013, el plazo de presentación del modelo 347 “Declaración anual de operaciones con terceras personas” al mes de febrero.
  • Se incluyen nuevos campos y claves de operaciones en el modelo 340 “Declaración de operaciones incluidas en los libros del IVA e IGIC” que cumplimentados exoneran de la presentación del modelo 347 del ejercicio 2012 y posteriores.


  • Link para descarga del calendario en formato PDF aquí.
    Versión en inglés/ Taxpayer's Calendar 2012 (English version) click here