Desde comienzos de este año, las empresas suministradoras de electricidad están obligadas a presentar una relación de consumos eléctricos agrupados bajo las referencias catastrales y NIF de los titulares de los suministros mediante el modelo 159, pero da la casualidad que la primera declaración que se presentará en esta línea será en marzo del 2011 con los datos del 2010. Por tanto, hoy por hoy Hacienda no sabe los consumos eléctricos de ningún local mediante este sistema. Este detalle, no es óbice para que a partir del 2011 se detecte actividad en inmuebles que no tengan alta censal o viviendas que deberían constar como vacías.
En esta línea, existe un grueso de locales que no están computados como locales comerciales, una gran bolsa de alquileres en negro en vivienda que van a salir a la luz y se espera además una fuerte corrección en la tributación por módulos en todas aquellas actividades que tienen que considerar el término de potencia o consumo eléctrico como parámetro determinante.