1. Modificación de la Ley del Impuesto de Sociedades que ampliará hasta 2015 la libertad de amortización para las nuevas inversiones vinculadas a actividades económicas que afronten las empresas.
2. La exención total del Impuestos de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en las operaciones de ampliación de capital y de aportaciones de socios para reducir pérdidas.
Observaciones:
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En el caso de la aplicación de la libertad de amortización, la aprobación de esta medida supondrá la generalización de este beneficio, sin condiciones y sin vincularlo al mantenimiento del empleo, y se extenderá su aplicación hasta 2015.
Hasta ahora, este beneficio fiscal era aplicable a las Empresas de Reducida Dimensión, cuya cifra de negocio anual es inferior a ocho millones de euros. Para el resto de los casos, estaba vinculada al mantenimiento de la plantilla y sólo era de aplicación hasta el ejercicio de 2012.
Los empresarios en estimación directa podrán aplicar esta medida directamente en el IRPF, ya que a éstos se les aplica la normativa del Impuesto de Sociedades.
En cuanto a la exención del ITP-ADJ de las operaciones societarias de ampliación de capital y de aportaciones de socios, tendrá carácter general y permanente y favorecerá la capitalización de las empresas. El proyecto de Presupuestos para 2011 ya había declarado la exención en 2011 y 2012 para las Empresas de Reducida Dimensión, de esta manera se extenderá la medida a todas las empresas.